La medida de suspensión afecta a procesos de residencia, ciudadanía, asilo y permisos de trabajo, con posibles exenciones discrecionales.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) informó la suspensión inmediata de todos los trámites migratorios y de ciudadanía para personas de Cuba, así como de otros 18 países incluidos en la lista de travel ban.
Esta decisión congela procedimientos como la obtención de la residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano, solicitudes de ciudadanía y otros beneficios migratorios, incluidos asilos y permisos de trabajo.
Aunque en redes sociales se ha difundido la idea de que quienes ya hayan iniciado trámites de Green Card (I-485) bajo la Ley de Ajuste Cubano o solicitudes de advance parole (I-131) podrían continuar, sujetos a revisiones más estrictas, el memorándum de USCIS aclara que no hay garantía de que los casos en curso queden exentos de la pausa. La suspensión aplica a todos los casos: nuevos, pendientes y en proceso de adjudicación.
El documento establece que es posible solicitar exenciones al “hold”, pero estas no se aplican automáticamente y deben ser aprobadas por la Office of Policy and Strategy de USCIS, evaluadas de manera discrecional caso por caso.
Entre los casos que podrían considerarse para exención se encuentran solicitudes de carácter discrecional o humanitario, como permisos de trabajo, renovaciones o “parole humanitario”. Situaciones urgentes o humanitarias bien documentadas también podrían recibir revisión especial, dependiendo de los criterios de riesgo y seguridad nacional definidos por USCIS.
El organismo advirtió que todos los casos serán revisados con mayor detalle y que se podrían revocar beneficios migratorios si se detectan irregularidades, como falsedades, omisiones o vínculos con el régimen cubano.
Para que un ciudadano cubano pueda obtener una excepción, es fundamental cumplir con lo siguiente:
- No tener antecedentes relacionados con terrorismo o seguridad nacional.
- Que la solicitud sea discrecional o humanitaria.
- Presentar circunstancias excepcionales que justifiquen el avance del trámite.
- No haber incurrido en irregularidades u omisiones durante el proceso.
Aunque cumplir con estos criterios aumenta la posibilidad de aprobación, la decisión final dependerá de la revisión discrecional de USCIS y no existe garantía de que la excepción sea concedida.

